- gestión del paisaje
- Adm. y Amb. Acción encaminada, desde una perspectiva de desarrollo sostenible, a garantizar el mantenimiento regular de un paisaje con el fin de guiar y armonizar las transformaciones inducidas por los procesos sociales, económicos y medioambientales.
Ley 7/2008, de 7-VII, art. 6.2; Ley 4/2014, de 22-XII, art. 3.g );Ley 5/2010, de 23-VI, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, art. 5.