Diccionario panhispánico del español jurídico

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genocidio

1. Int. púb. Cualesquiera de los siguientes actos perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal: matanza de miembros del grupo; lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo; sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial; medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo; traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.
Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio, de 9 de diciembre de 1948, art. II. ECPI, art. 6.
2. Pen. Delito consistente en dar muerte o agredir de forma sistemática a los miembros de un grupo nacional, étnico, racial, religioso o determinado por la discapacidad de sus integrantes, con el propósito de destruir total o parcialmente dicho grupo.
Convención para la prevención y sanción del delito de genocidio, de 9 de diciembre de 1948, art. II. ECPI, art. 6; CP, art. 607.ódigo> Código Orgánico Integral Penal, de Ecuador, art 79.

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