Diccionario panhispánico del español jurídico

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garantía de cumplimiento

Sublema de garantía
Proc.; Bol. y C. Rica Caución que un deudor rinde, a satisfacción del juez o de la jueza, para asegurarle a un acreedor el capital, costas, pago por daños y perjuicios que puedan devenir de la espera que conlleva la recuperación del crédito reconocido en un fallo.
Al ser el embargo una medida precautoria que se decreta a instancia del acreedor, y la garantía de cumplimiento una caución que rinde un deudor, se conforman, desde el punto de vista jurídico, como dos figuras distintas. Diccionario usual del Poder Judicial, de Costa Rica.