Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

fábrica de iglesia

1. Can. Conjunto de bienes materiales destinado al sostenimiento de la iglesia y del culto en esa iglesia, que tenía como administrador al representante legal de la persona jurídica titular del edificio. Codex Iuris Canonici de 1917, c. 1182 § 1.
El CIC vigente ha prescindido de este concepto, al suprimir el sistema beneficial. El lugar que en el CIC de 1917 ocupaban los consejos de fábrica lo tienen ahora los diversos consejos de asuntos económicos (CIC, cc. 492, 537 y 1280).
2. Can. Por extensión, conjunto de rentas que generaban tales bienes y que se destinaban a los fines antes dichos.