función jurisdiccional Gral. Función consistente en juzgar y ejecutar lo juzgado que corresponde a los jueces y tribunales de conformidad con el artículo 117 de la Constitución Española . El concepto suele utilizarse por contraposición al de función gubernativa.ArgentinaConstitución de la Nación Argentina, promulgada el 3-I-1995ChileConstitución política de la República de Chile, promulgada el 17-IX-2005ColombiaConstitución política de Colombia, publicada en la Gaceta Constitucional n.º 116, de 20-VII-1991. Costa RicaConstitución política de la República de Costa RicaMéxicoConstitución política de los Estados Unidos MexicanosSublemasfunción jurisdiccional del Tribunal de Cuentasfunción judicial del legisladorfunción jurisdiccional del Tribunal de Cuentas