Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

fuente accesible al público

Adm. Repertorio de datos personales cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona.
Lo son, exclusivamente, el censo promocional, los repertorios telefónicos en los términos previstos en la normativa específica, y las listas de grupos profesionales que contengan únicamente datos de nombre, título, profesión, actividad, grado académico, dirección e indicación de la pertenencia al grupo. También los boletines oficiales y los medios de comunicación. LOPD, art. 3.j (derogado). STS, 3.ª, 30-X-2006, rec. 183/2003: «Los datos obtenidos de un procedimiento judicial no se encuentran a disposición del público en general, sino que su acceso requiere la condición de interesado». No son accesibles al público los datos obtenidos de buzones de correos: SAN, 1.ª, 18-V-2006, rec. 35/2005. No son accesibles al público los datos obtenidos del censo electoral: STS, 3.ª, 12-II-2005, rec. 1041/2001; LRBRL, art. 41.2. No son de acceso público los datos del padrón municipal: SAN, 1.ª, 6-IV-2006, rec. 389/2004; LRBRL, art. 16.3. SAN, 1.ª, 24-IV-2007, rec. 304/2005: «La información divulgada conscientemente por una persona en su página web, sin establecer ninguna limitación, ha de considerarse publicada en un medio de comunicación».

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