Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

formación del sumario

Pen. Instrucción del sumario que corresponde a los jueces de instrucción por los delitos que se cometan dentro de su partido judicial, ya se inicie por la autoridad judicial o a instancia de parte.
«Los agentes cumplen con poner a disposición del Juez los elementos incriminatorios que hacen presumir vehemente la existencia de una actuación delictiva y el juez de instrucción ejerce su función jurisdiccional ponderando la validez e idoneidad de tales elementos y decidiendo después si esa información es suficiente para legitimar un acto de injerencia de los poderes públicos en el círculo de derechos del ciudadano sospechoso» (STS, 2.ª, 3-X-2008, rec. 10389/2008).