- fondo de impulso económico
- Fin.; Esp. Compartimento del fondo de financiación a las entidades locales que facilita liquidez para aquellas que hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública, cuyo medio de pago a proveedores no supere en más de treinta días el plazo máximo y que estén al corriente de sus obligaciones de suministro de información económico-financiera, para el pago de los vencimientos de sus préstamos a largo plazo y la financiación de proyectos de inversión.
Real Decreto Ley 17/2014, de 26 de diciembre , arts. 50-54.
Sublema de fondo