Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

fondo de cooperación

Sublema de fondo
Adm.; Esp. Fondo creado con recursos adicionales del Estado con el fin de complementar el sistema de financiación de las comunidades autónomas, la mejora del Estado de bienestar y cumplir con el objetivo último de equilibrar y armonizar el desarrollo regional estimulando el crecimiento de la riqueza y la convergencia regional en términos de renta. Anualmente se destina a ese fondo la cantidad que se prevea en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Ley 22/2009, de 18 de diciembre, del sistema de financiación autonómico, art. 24.