Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

fondo complementario de financiación

Sublema de fondo
Fin. Fondo del que pueden beneficiarse los municipios que tienen derecho a la cesión de tributos, es decir, capitales de provincia o de comunidad autónoma o con población superior a setenta y cinco mil habitantes de derecho.
TRLRHL, arts. 140-142.