Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Fondo Único de Resolución

Sublema de fondo
Eur. Mecanismo único de financiación para todos los Estados miembros de la UE participantes en el Mecanismo Único de Resolución, implantado progresivamente desde 2016 a 2024 en el marco de la unión bancaria de la UE, con objeto de financiar las intervenciones de entidades financieras en dificultades.
Reglamento (UE) n.° 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión en el marco de un Mecanismo Único de Resolución y un Fondo Único de Resolución y se modifica el Reglamento (UE) n.º 1093/2010, arts. 67 y sigs.

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