Diccionario panhispánico del español jurídico

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finalización del procedimiento penal

Pen. Terminación de la causa penal por resolución firme, bien por una resolución que suponga una terminación prematura (sobreseimiento o archivo), o bien por medio de sentencia.
«En efecto, pues, evidentemente desde que se le tomó declaración hasta la finalización del procedimiento con la sentencia, el recurrente pudo alegar y proponer los medios de prueba que consideró oportunos» (STS, 2.ª, 16-IV-08, rec. 623/2007).