Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

fideicomiso

1. Civ. Sustitución hereditaria por virtud de la cual el heredero (fiduciario) debe transmitir —total o parcialmente— la herencia a un tercero llamado fideicomisario.
Código Civil, de Chile, art. 733. CCCN, art. 1666. CC, art. 781 . Ley 10/2008, de 10 de julio, del libro cuarto del Código civil de Cataluña, relativo a las sucesiones, art. 426-1.
2. Merc.; Arg. y Nic. Contrato por el cual una parte llamada fiduciante transmite o se compromete a transferir la propiedad de bienes a otra persona llamada fiduciario, quien se obliga a ejercerla en beneficio de otra llamado beneficiario, que se designa en el contrato y a transmitirla al cumplimiento de un plazo o condición, al fideicomisario.
CCCN, art. 1666. Ley n.º 853, para la Transformación y Desarrollo de la Caficultura (La Gaceta, Diario Oficial, n.º 174, del 11 de septiembre de 2019), de Nicaragua, art. 3.
3. Int. púb. Territorio colocado bajo la autoridad de la ONU, con un régimen de administración confiado a algún Estado miembro mediante un acuerdo especial y supervisado por el Consejo de Administración Fiduciaria.
Carta de las Naciones Unidas, art. 77.
4. Hist. Encargo mortis causa que debía ser cumplido por una persona interpuesta a la que el causante otorgaba su confianza.

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