Diccionario panhispánico del español jurídico

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ferma de dret

1. Hist. y Proc. Uno de los procesos forales aragoneses; tiene el sentido general de reforzar, de asegurar, que no supone una figura jurídica, sino un mosaico de ellas.
El sentido inicial de esta figura es el de estar a derecho (respetar las resultas del juicio haciendo en su momento entero cumplimiento de justicia), por lo que no aparece como un proceso, sino como una actuación de parte que se puede introducir en cualquier tipo de juicio y era utilizado contra las decisiones gubernativas reales o pleitos contra la Corona y nunca alcanzaba a todos los súbditos, sino a los nobles, sentido en el que se va desviando esta garantía judicial hacia el justicia mayor, cuando los unionistas aragoneses establecen que sea el justicia el funcionario encargado de admitir dichas fianzas o firmas y de juzgar, en su caso, la litis entre nobles o nobles y rey, como modo de garantizar que no se va a ir contra sus bienes (se excluían los bienes considerados muebles, que abrían el paso a la manifestación de bienes).
2. Hist. y Proc. En el derecho foral valenciano, procedimiento especial de reivindicación de la posesión sobre inmuebles.
También tuvo una derivación hacia cuestiones penales, en que era una forma especial de querella por delitos de homicidio o lesiones, en cuyo caso la escritura de ferma de dret equivale al escrito de iniciación del procedimiento. Procede del Fuero de Jaime I, según el cual si una persona tenía temor sobre su persona o bienes, podía acudir a la Corte o tribunal para solicitar amparo y pedir que una persona no entrara en la ciudad o el reino si antes no prestaba garantía de que no causaría daño al que solicitaba ferma de dret.

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