Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

fedatario, ria

Proc. Persona que da fe pública, como el notario y otros funcionarios, cuando se trata de cuestiones extrajudiciales, o los letrados de la Administración de Justicia, en materia judicial.
«También estableció que por la Dirección General se fijaría un procedimiento en el que, con la presencia de un fedatario público o funcionario con capacidad de certificación, se garantizase el anonimato de los aspirantes» (STS, 3.ª, 23-XII-2014, rec. 2429/2013). «En el caso de autos, ninguna lesión a su defensa causó al Ayuntamiento, la omisión de la firma del fedatario judicial en el acta de otorgamiento de la representación procesal» (STS, 3.ª, 22-X-2001, rec. 447/1996).