Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

favor negotii

Int. priv. Criterio orientador en la formulación o aplicación de la norma de conflicto tendente a garantizar la validez del negocio jurídico.
“…la jurisprudencia ha afirmado la vigencia del favor negotii o tutela de las iniciativas negociales de los particulares, en virtud del cual, en primer término, debe tratarse de mantener la eficacia del negocio en su integridad, sin reducirlo, y cuando ello no es posible, podar el negocio de las cláusulas ilícitas y mantener la eficacia del negocio reducido.” STS, 1.ª, de 9-V-2013, rec. 485/2012.