Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

fase de conclusión

Proc. Período procesal subsiguiente al de la prueba en que las partes exponen las consecuencias para sus pretensiones de la prueba practicada. Dichas conclusiones, según el tipo de proceso, pueden hacerse de forma escrita u oral.
LEC, art. 433.2 . «Practicadas las pruebas, las partes formularon oralmente sus conclusiones sobre los hechos controvertidos» (STS, 1.ª, 1-IV-2015, rec. 996/2013).

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