Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

familia de acogida

Sublema de familia
1. Eur. Familia que acoge temporalmente a un au pair y que comparte con él su vida diaria en el territorio de un Estado miembro, con arreglo a un acuerdo celebrado entre esa familia y el au pair.
Directiva (UE) 2016/801, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a los requisitos de entrada y residencia de los nacionales de países terceros con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyectos educativos y colocación au pair, art. 3.15).
2. Civ. Familia que acoge temporalmente a un niño.
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, art. 21.bis.2.b); Instrumento de Ratificación del Convenio relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de protección de los niños, hecho en La Haya el 19 de octubre de 1996, art. 33.