Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

falta de personería

Sublema de falta2
Proc.; Arg., Chile, Col. y Ec. Carencia de capacidad procesal y de representación voluntaria o necesaria de las partes, lo que impide una relación procesal válida.
Ley Nacional 17 454, por la que se aprueba el Códgo Procesal Civil y Comercial, de Argentina, art.347, inciso 2. En Colombia, Ley 1564 de 2012, por la que se expide el Código General del Proceso, art. 491.6.