- facultades reservadas
- Can. Poderes o competencias jurídicas que solo puede ejercer una autoridad, por lo general la Santa Sede.El Concilio Vaticano II y el CIC de 1983 han supuesto una drástica merma de las facultades reservadas. Como ejemplo, baste mencionar el c. 87, que permite al obispo diocesano dispensar de las leyes generales de la Iglesia.
Sublema de facultad