Diccionario panhispánico del español jurídico

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exposición razonada

Proc. Motivación exigida en ciertas decisiones o escritos sobre los que ha de pronunciarse un tercero.
Por ejemplo, se exige al órgano judicial para proponer la asunción de la competencia para el conocimiento de un asunto a un tribunal superior en grado «el artículo 7.3 de la LJCA que [establece que] “si la competencia pudiera corresponder a un Tribunal superior en grado, se acompañará una exposición razonada, estándose a lo que resuelva este» (STS, 3.ª, 30-I-2014, rec. 83/2013). El escrito de interposición del recurso de casación debe expresar razonadamente el motivo en el que se ampara. «De ahí que no sean susceptibles de admisión los recursos de casación en los que no se cumplen las exigencias del artículo 92.1 de la Ley Jurisdiccional, que impone la expresión razonada, en el escrito de interposición, de los motivos en que se ampare el recurso, ya que, por el contrario, la configuración del escrito se asemeja más a unas alegaciones apelatorias que a un recurso de naturaleza extraordinaria como la casación» (STS, 3.ª, 14-V-2013, rec. 5853/2011). «Constituye exigencia reiterada de este Tribunal para entrar en el examen de los argumentos esgrimidos al amparo del recurso de casación para la unificación de doctrina […] efectuar una exposición razonada de la infracción legal que se imputa a la sentencia recurrida a fin de que por este Tribunal se establezca cuál de los criterios opuestos que han mantenido los tribunales es el correcto. De no efectuarse la antedicha exposición razonada de la infracción legal que se imputa a la sentencia recurrida, se declarará la inadmisibilidad del recurso (Sentencia de 17 de septiembre de 2013, recurso de casación 1268/2012)» (STS, 3.ª, 12-V-2015, rec. 3319/2014).