explotación racional Adm. Conjunto de actuaciones que conducen al ahorro, conservación o, en general, a la mejor utilización de un recurso.Suele referirse a las aguas, a los recursos y también al dominio público hidráulico. TRLA, art. 55.2. ArgentinaLey 25688, sobre Régimen de Gestión Ambiental de Aguas, promulgada el 30-XII-2002ChileDecreto con fuerza de ley 2.122, por el que se fija el texto del Código de Aguas, promulgado el 13-VIII-1981ColombiaDecreto 2811 de 1974, por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.Costa RicaLey 276, de 27-VIII-1942, de Aguas, de Costa RicaMéxicoLey de Aguas Nacionales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1-XII-1992Referenciado desdeexplotación racional conjunta de recursos de aguas superficiales y subterráneos, utilización racional del aguaSublemasexplotación racional conjunta de recursos de aguas superficiales y subterráneosexplotación de animalesexplotación racional conjunta de recursos de aguas superficiales y subterráneos