Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

exoneración

1. Adm. y Pen. Absolución.
2. Fin.; Ec. Ventaja o dispensa legal a aquellos ingresos o transacciones que se declaran por ley, por razones de orden público, económico o social, como no susceptibles de ser gravados. Se enumeran de forma expresa en la normativa.
3. Fin.; Guat. Medio de extinción de obligaciones tributarias accesorias, que corresponde exclusivamente conceder graciablemente al presidente de la República.
Comúnmente confundida con la condonación de la obligación tributaria, especialmente cuando al aprobarla el Congreso de la República dispone incluir también en el decreto legislativo correspondiente a las obligaciones tributarias accesorias que hubieran podido generarse.