Diccionario panhispánico del español jurídico

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exención arancelaria

Sublema de exención
Eur. y Fin. Beneficio tributario consistente en la liberación del pago de aranceles aduaneros, vinculado a la naturaleza de la mercancía y de alcance general.
«Entre las medidas fiscales adoptadas, el art. 10 establecía unas exenciones arancelarias a la importación de buques extranjeros o de origen extranjero que se abanderasen en España y con matriculación en las Islas Canarias que se destinaran al cabotaje interinsular o a la pesca en aquella zona, de las que excluía los buques que excedían del tonelaje bruto que fijaba» (STS, 3.ª, de 18-IV-2001, Rec. 3383/1994).

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