Diccionario panhispánico del español jurídico

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execración

Can. Pérdida de la consagración.
El término execración se empleaba en el Codex Iuris Canonici de 1917 para referirse a los objetos y lugares que previamente habían sido consagrados. Debido a que el vigente CIC de 1983 no emplea el término consagración, sino el de bendición o dedicación, para referirse a cosas o lugares dedicados al culto, no utiliza tampoco el término execración para referirse a la situación contraria. Hoy la execración es la pérdida de la dedicación o bendición de las cosas o lugares dedicados al culto, para destinarlos a usos profanos. CIC, c. 1212.

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