Diccionario panhispánico del español jurídico

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exclusión total del matrimonio

Can. Simulación total del consentimiento matrimonial. A tenor del Codex Iuris Canonici, c. 1101 § 1: «El consentimiento interno de la voluntad se presume que está conforme con las palabras o signos empleados al celebrar el matrimonio». Sin embargo, el § 2 del mismo canon prevé la posibilidad de la exclusión total: «Pero si uno o ambos contrayentes excluyen con un acto positivo de la voluntad el matrimonio mismo, o un elemento esencial del matrimonio, o una propiedad esencial, contraen inválidamente».
Entre las formas que la exclusión del matrimonio presenta en la jurisprudencia, pueden citarse el rechazo al matrimonio, el rechazo a todo vínculo o compromiso personal, el rechazo del otro contrayente como cónyuge. El rechazo del sacramento en unos casos es considerado exclusión total, pues, según el c. 1057 § 2, entre bautizados no puede haber contrato matrimonial válido que no sea por eso mismo sacramento. En otros casos, la exclusión de la sacramentalidad se considera exclusión de un elemento esencial. En ambos casos, se produce la nulidad del consentimiento matrimonial. Esta causa de nulidad aparece ya en las fuentes clásicas (Decretal Tua nos X 4.1.26).