Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

exceso de adjudicación

Civ. Parte de la herencia superior a la que corresponde a alguien por testamento o por ley, que se adjudica con el acuerdo de todos los interesados.
CC, art. 1062 ; Real Decreto 1629/1991, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, arts. 56 y 57.