Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

excepción de litisconsorcio pasivo necesario

Sublema de excepción
Proc. Excepción procesal que puede oponerse a la continuación del procedimiento cuando, por razón de lo que sea objeto del juicio, la tutela jurisdiccional solicitada solo pueda hacerse efectiva frente a varios sujetos conjuntamente considerados, todos los cuales habrán de ser demandados como litisconsortes.
LEC, art. 12.2.