Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

excedente de capturas admisibles

Sublema de excedente
Adm. Parte de las capturas piscícolas admisibles que un Estado costero no captura, manteniendo una tasa global de explotación para las poblaciones individuales por debajo de los niveles que permiten el propio restablecimiento y manteniendo las poblaciones de las especies capturadas por encima de los niveles deseados basados en los mejores dictámenes científicos disponibles.
Reglamento (UE) n.º 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, sobre la política pesquera común, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1954/2003 y (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.º 2371/2002 y (CE) n.º 639/2004 del Consejo y la Decisión 2004/585/CE del Consejo, art. 4.1.33.