Diccionario panhispánico del español jurídico

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examen corporal

Proc.; Chile, Guat., Hond. y Par. Prueba de carácter biológico, extracción de sangre u otra análoga, siempre que no fuere de temer menoscabo para la salud o dignidad de la persona, que puede afectar al imputado o al ofendido por disposición del juez de garantía.
Si la persona, apercibida de sus derechos, consintiere en hacerlo, el fiscal o la Policía ordenarán que se practique sin más trámite. En caso de negarse, se solicitará la correspondiente autorización judicial, exponiéndose al juez las razones del rechazo. Código Procesal Penal, de Chile, art. 197. Ley 1286, de Código Procesal Penal, de Paraguay, art. 81.