- exacción de efecto equivalente a un derecho de aduana
- Eur. Carga pecuniaria, aunque sea mínima, unilateralmente impuesta por un Estado miembro de la UE, que grava las mercancías importadas por el hecho de atravesar la frontera y que el derecho de la UE considera siempre prohibida, aunque no se recaude en beneficio del Estado, no tenga ningún efecto discriminatorio o proteccionista y el producto gravado no se encuentre en competencia con la producción nacional.
TFUE, art. 30 ; STJCE, 11-VII-1989, Ford España, 170/88.
Sublema de exacción