Diccionario panhispánico del español jurídico

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evaluación ambiental

Amb. Procedimiento administrativo instrumental respecto del de aprobación o de adopción de planes y programas, así como respecto del de autorización de proyectos o, en su caso, respecto de la actividad administrativa de control de los proyectos sometidos a declaración responsable o comunicación previa, a través del cual se analizan los posibles efectos significativos sobre el medioambiente de los planes, programas y proyectos.
La evaluación ambiental incluye tanto la «evaluación ambiental estratégica» como la «evaluación de impacto ambiental». Ley 21/2013, de 9-XII, de Evaluación Ambiental, art. 5.1.a; Ley de Cataluña 20/2009, de 4-XII, de prevención y control ambiental de las actividades, art. 4; Ley de Cataluña 6/2009, de 28-IV, de evaluación ambiental de planes y programas, art. 2; Ley 11/2014, de 4-XII, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, art. 4.

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