Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

estimación indirecta

Fin. Método de carácter subsidiario y excepcional por el cual se determina la base imponible de forma aproximada, por no disponer la Administración tributaria de los datos necesarios para cuantificar esta al concurrir alguna de las siguientes circunstancias: falta de presentación de declaraciones o presentación incompleta; obstrucción, resistencia o excusa a la actuación inspectora; incumplimiento sustancial de las obligaciones contables y registrales; y desaparición o destrucción de los libros contables o de los justificantes de los mismos.
LGT, art. 53.

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