Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

estatutaria

Int. priv. Conjunto de doctrinas elaboradas entre los siglos xii y xviii para conciliar los principios opuestos de personalidad y territorialidad de la ley, que constituyen la primera manifestación científica del derecho internacional privado.
Se manifestó en tres escuelas sucesivas que florecieron en Italia, Francia, Países Bajos y de nuevo en Francia. Sent. TS 6-XI-1867: El DIPr comprende «el conjunto de disposiciones que, según afecten a las personas, a las cosas o a las normas, se distinguen con los nombres de estatuto personal, real y formal».

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