Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Estado ribereño

Sublema de Estado1
Int. púb. Estado que tiene litoral marítimo o es ribereño de un río o de un lago internacional y que por su condición está en disposición de ejercer su soberanía o jurisdicción sobre esos espacios.
Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación, de 21 de mayo de 1997, art. 2.c.

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