- Estado miembro de acogida
- Eur. Estado miembro en cuyo territorio tienen lugar, o se inician, operaciones conjuntas, intervenciones fronterizas rápidas, o de retorno, o en las que se despliega un equipo de apoyo a la gestión de la migración.
Reglamento (UE) 2016/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de septiembre de 2016, sobre la guardia europea de fronteras y costas, art. 2.5.
Sublema de Estado1