Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

estado básico

Adm. Situación en que, de no haberse producido el daño medioambiental, se habrían hallado los recursos naturales y servicios en el momento en que sufrieron el daño, considerado a partir de la mejor información disponible.
Directiva 2004/35/CE sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales; Ley 26/2007, de 23-X, de Responsabilidad Medioambiental, art. 2.