Diccionario panhispánico del español jurídico

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esponsales

1. Civ.; Col., Par. y Ven. Promesa de matrimonio mutuamente aceptada.
Código Civil, art. 110. Ley 1183, de Código Civil, de Paraguay, arts. 41 y 136-138.
2. Can. Mutua promesa de casarse que se hacen y aceptan el varón y la mujer, que en el derecho canónico, desde la promulgación del Codex Iuris Canonici de 1983, se remite a la regulación que establezca el derecho particular de las conferencias episcopales.
La Conferencia Episcopal Española ha optado por canonizar las costumbres y las leyes españolas: «Haciendo uso de la competencia contenida en el c. 1062, se dispone que tenga fuerza de ley canónica la legislación civil española que regula los esponsales, tanto la del Derecho civil como la de los Derechos forales, quedando íntegra la salvedad del c. 12 290» (Decreto General de 21-XI-1986, art. 2).

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