- espacio de protección arqueológica
- Adm.; Esp. En la legislación autonómica, lugar que no ha sido declarado de interés nacional donde, por evidencias materiales, por antecedentes históricos o por otros indicios, se presume la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos.Por ejemplo,
Ley 9/1993, de 30 de septiembre , art. 49.1, de la Comunidad Autónoma de Cataluña.