Diccionario panhispánico del español jurídico

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escrito de conclusiones

Sublema de escrito
Proc. Escrito que pueden presentar las partes en el procedimiento contencioso-administrativo una vez finalizadas las fases de demanda, contestación y prueba.
Las partes pueden solicitar (mediante otrosí en sus escritos de demanda y contestación, o por medio de escrito dentro de los cinco días siguientes a la finalización formal del período probatorio) vista o conclusiones, o que se declare el pleito concluso para sentencia. El secretario judicial acordará lo que proceda en atención a lo solicitado por ambas partes o por el demandante, o por cualquiera de ellas si se ha practicado prueba. También puede acordar la celebración de este trámite el juez o tribunal, aunque no lo soliciten las partes, atendida la importancia del asunto. LJCA, art. 61.