Diccionario panhispánico del español jurídico

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error de subsunción

Sublema de error
Adm. y Pen. Error en el diagnóstico jurídico u operación lógica que permite seleccionar la norma que precisamente resulta aplicable al supuesto de hecho, y no una distinta.
«No solo vulneran el principio de legalidad las resoluciones sancionadoras que se sustenten en una subsunción de los hechos ajena al significado posible de los términos de la norma aplicada, sino que también son constitucionalmente rechazables aquellas aplicaciones que por su soporte metodológico —una argumentación ilógica o indiscutidamente extravagante— o axiológico —una base valorativa ajena a los criterios que informan nuestro ordenamiento constitucional— conduzcan a soluciones esencialmente opuestas a la orientación material de la norma y, por ello, imprevisibles para sus destinatarios» (STC 54/2008).

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