2.
Hist. Indemnización que recibían los soldados que habían participado en una guerra por las heridas, amputaciones u otros daños corporales que hubieran podido tener por razón de su participación en la batalla.Se recogen tanto en las Siete Partidas, 2, 25, 1 y sigs., como en el Espéculo, 3.8.10 y sigs.
«
Ley primera que quiere dezir emienda e porque razones la deuen fazer e en quantas maneras. Encha llaman en españa a las emiendas que los onbres han de reçebir por los daños que reçiben en las guerras. E como este nonbre aqui dizen en ser que quier tanto dezir como leuantar la cosa que cayo e desto tomaron entendimiento los que adan en guerra. Enchas a las emiendas que dan los onbres de lo que ganan por los daños que reçibieron en los cuerpos e en lo suyo. E destas enchas vienen muchos bienes ca fazen a los onbres auer mayor sabor de cobdiçiar los fechos de la guerra no entendiendo que caeran en pobreza por los daños que en ella reçibieron e otrosi de cometer los de grado e ferir lo mas esforçadamente. E tiran los pesares e las tristezas que son cosas que tienen grand daño a los coraçones a los onbres que andan en guerra. Mas queremos primeramente fablar de las enchas de los onbres porque son mas onrrados. E despues fablaremos de las otras segund los antigos lo departieron» (
P 2, 25, 1).