Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

epidemia

1. Adm. Estado epidémico formalmente declarado.
«Declarada ya la epidemia, los Jefes provinciales y locales de Sanidad podrán proponer a la Superioridad la incautación de locales, de materiales, así como la utilización de los servicios profesionales que consideren precisos para combatir la epidemia» (Base IV de la derogada Ley de Bases de Sanidad Nacional de 1944).
2. Adm. Incremento significativamente elevado de casos de una enfermedad en relación con los valores esperados.
Es uno de los supuestos que la legislación contempla como brote epidémico. RD 2210/1995, de 28 de diciembre, por el que se crea la Red Nacional de Vigilancia Epidemiológica, que obliga a su notificación urgente por parte del médico.
3. Adm. Aparición de una enfermedad, problema o riesgo para la salud en una zona hasta entonces libre de ella.
Brote epidémico (RD 2210/1995).
4. Adm. Presencia de cualquier proceso relevante de intoxicación aguda colectiva, imputable a causa accidental, manipulación o consumo.
Brote epidémico (RD 2210/1995).
5. Adm. Aparición de cualquier incidencia de tipo catastrófico que afecte, o pueda afectar, a la salud de una comunidad.
Brote epidémico (RD 2210/1995).

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