Diccionario panhispánico del español jurídico

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entredicho

Can. Pena canónica, que se tipifica como una censura. A tenor del Codex Iuris Canonici, c. 1332, quien queda en entredicho está sujeto a las prohibiciones enumeradas en el c. 1331 § 1, 1 y 2 (tener cualquier participación ministerial en la celebración del Sacrificio Eucarístico o en cualesquiera otras ceremonias de culto; celebrar los sacramentos o sacramentales y recibir los sacramentos) y, si el entredicho ha sido impuesto o declarado, se ha de observar la prescripción del c. 1331 § 2, 1.