Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

entidad financiera

Sublema de entidad
Gral. Entidad autorizada para llevar a cabo actividades de financiación.
La Ley 22/2014, de 12-XI, art. 7, considera entidades financieras a las que estén en alguna de las siguientes categorías: «a) Entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, b) Las empresas a las que se refiere el artículo 1.1 de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito, c) Empresas de servicios de inversión, d) Entidades aseguradoras y reaseguradoras, e) Sociedades de inversión colectiva, financieras o no financieras, f) SGIIC y sociedades gestoras de fondos de pensiones o de fondos de titulización, g) SCR, SICC y SGEIC, h) Entidades cuya actividad principal sea la tenencia de acciones o participaciones, emitidas por entidades financieras, tal y como se definen en este apartado, i) Las sociedades de garantía recíproca, j) Las entidades de dinero electrónico, k) Las entidades de pago, l) Los FCR, los FICC, los fondos de inversión de tipo abierto, los fondos de pensiones y los fondos de titulización, y m) Las entidades extranjeras, cualquiera que sea su denominación o estatuto, que, de acuerdo con la normativa que les resulte aplicable, ejerzan las actividades típicas de las anteriores». Excluye, además, de la consideración de entidad financiera, a las entidades cuya actividad principal sea la tenencia de acciones o participaciones emitidas por empresas pertenecientes a sectores no financieros (art. 7.2). La Ley Argentina de Entidades Financieras (n.º 21 526) incluye en su ámbito de aplicación a personas o entidades públicas o privadas que realicen intermediación habitual entre la oferta y demanda de recursos financieros. De modo no exhaustivo declara expresamente comprendidos a bancos comerciales, bancos de inversión, bancos hipotecarios, compañías financieras, sociedades de ahorro y préstamo para la vivienda y otros inmuebles, cajas de crédito.

Sublemas