- ente eclesiástico
- Can. Se emplea esta expresión para designar las confesiones religiosas y a las personas jurídicas dependientes de una confesión religiosa.Su reconocimiento y régimen jurídico está regulado a tenor de las normas convencionales pactadas por el Estado y la respectiva confesión, así como por la normativa aplicable al Registro de Entidades Religiosas; en la actualidad, el
Real Decreto 594/2015, de 3 de julio , por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas.
Sublema de ente