Diccionario panhispánico del español jurídico

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energía alternativa

Sublema de energía
Adm. Energía procedente de combustibles distintos del petróleo.
Se consideran combustibles alternativos la electricidad, el hidrógeno, los biocarburantes, el gas natural y el gas licuado del petróleo (GLP), así como su eventual uso simultáneo y combinado, por ejemplo mediante sistemas de tecnología mixta (Directiva 2014/94/UE del PE y del Consejo, de 22-X-2014, relativa a la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos).