- enajenación de bienes eclesiásticos
- Can. Acto de disposición que puede poner en peligro la existencia de un bien eclesiástico o su permanencia dentro del patrimonio eclesiástico. El
Codex Iuris Canonici regula los actos de enajenación atendiendo a que su titular sea una persona jurídica pública, a que pertenezca al patrimonio estable de la persona titular y a la cuantía mínima establecida por la Conferencia Episcopal. Atendiendo a estos criterios, se sigue el distinto régimen jurídico de licencias requeridas para la válida enajenación.CIC, cc. 1292 y sigs.
Sublema de enajenación