Adm. Comunicación consistente en la puesta a disposición del público de programas y contenidos audiovisuales o radiofónicos a través de redes de comunicaciones electrónicas.La «emisión de contenidos que de forma manifiesta fomenten el odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social» constituye una falta muy grave, como también lo es «la emisión de comunicaciones comerciales que vulneren la dignidad humana o utilicen la imagen de la mujer con carácter vejatorio o discriminatorio» (Ley 7/2010, General de Comunicación Audiovisual, art. 57).
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