Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

emisión de moneda

Sublema de emisión2
Adm. y Merc. Creación de nuevos billetes o moneda de curso legal para su puesta en circulación.
«Emisión y puesta en circulación de billetes. 1. Corresponderá al Banco de España, previa autorización del Banco Central Europeo, la facultad de emisión de billetes en euro que, sin perjuicio del régimen legal aplicable a la moneda metálica, serán los únicos de curso legal dentro del territorio español, de conformidad con lo establecido en la normativa comunitaria en vigor» (Ley de Autonomía del Banco de España, art. 15.1).

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